Cuánto sale una escritura en CABA en 2026

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, escriturar una compraventa paga 2,7% de impuesto de sellos sobre el valor de la operación, repartido 50/50 entre comprador y vendedor, más honorarios de escribano, comisión inmobiliaria y gastos registrales. Si es tu vivienda única, familiar y de ocupación permanente y el valor de la operación no supera los $226.100.000, el impuesto de sellos queda 100% exento. Fuente: Ley Tarifaria CABA 2026, art. 34 (vigente desde el 1/1/2026).

Impuesto de sellos en CABA: 2,7%

Desde el 1/1/2026, la Ley Tarifaria CABA 2026 (art. 34) bajó la alícuota de sellos del 3,5% al 2,7% del valor de la operación para una segunda vivienda o más. Por costumbre se reparte 50/50 entre comprador y vendedor, aunque se puede pactar distinto en el boleto de compraventa.

A eso se suman, con los porcentajes de referencia (ajustables en la calculadora): honorarios de escribano (2% + IVA, por costumbre los paga el comprador), comisión inmobiliaria (4% + IVA el comprador y 3% + IVA el vendedor, cada parte la suya) y gastos registrales (0,5%, inscripción e informes, los paga el comprador).

La exención por vivienda única, en detalle

Si la propiedad es tu vivienda única, familiar y de ocupación permanente, la compraventa queda 100% exenta del impuesto de sellos siempre que el valor de la operación —no una tasación fiscal aparte— no supere los $226.100.000 (Ley Tarifaria CABA 2026, art. 34). Es la única de las dos jurisdicciones donde AgonProp puede calcular la exención automáticamente, porque el tope se mide sobre el mismo dato que ya pedimos.

Ojo si cargás el valor en dólares: el tope está expresado en pesos. Comparar un precio en USD contra un tope en ARS daría una exención falsa casi siempre, así que la calculadora no la aplica en ese caso — cargá el valor en pesos para que se calcule sola.

Ejemplo calculado: comprar en CABA a USD 115.000

Sobre USD 115.000 —la mediana del precio de los 111 avisos de venta en dólares publicados en AgonProp al 20/08/2026— y sin aplicar la exención de vivienda única, con los porcentajes de referencia relevados al 22/07/2026:

  • El comprador paga USD 10.477 (sellos + honorarios + comisión + registrales), el 9,1% del valor.
  • El vendedor paga USD 5.727 (sellos + comisión), el 5,0% del valor.

Si fuera tu vivienda única y cargaras el valor en pesos por debajo del tope de la exención, el impuesto de sellos de este ejemplo desaparece y baja el total del comprador. Recalculá con tu propio valor, moneda y rol en la calculadora completa.

Preguntas frecuentes

¿Cómo se aplica en la práctica la exención de CABA?

Si la propiedad es tu vivienda única, familiar y de ocupación permanente y el valor de la operación no supera los $226.100.000, el impuesto de sellos queda 100% exento (Ley Tarifaria CABA 2026, art. 34). El tope se mide sobre el valor que pagás, no sobre una tasación fiscal aparte.

¿Qué pasa si es mi segunda propiedad, no la única?

No aplica ninguna exención: pagás el 2,7% de sellos sobre el valor de la operación, repartido 50/50 con la otra parte por costumbre.

¿Por qué si cargo el valor en dólares no se aplica la exención?

Porque el tope de la exención está expresado en pesos. Comparar un valor en dólares contra un tope en pesos daría una exención falsa casi siempre y subestimaría los sellos. Cargá el valor de la operación en ARS para que se calcule.

¿Quién paga el impuesto de sellos en CABA, el comprador o el vendedor?

Por costumbre se reparte 50/50 entre las dos partes, aunque no es obligatorio por ley: se puede pactar distinto en el boleto de compraventa.

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