La calculadora de AgonProp estima cuánto cuesta cerrar una compraventa en Argentina además del precio de la propiedad: impuesto de sellos (2,7% en CABA, 2% en PBA, 3% de referencia en otras provincias), honorarios de escribano (2% + IVA por defecto), comisión inmobiliaria (4% + IVA del comprador y 3% + IVA del vendedor por defecto) y gastos registrales (0,5%). Cargás el valor, la provincia y tu rol, y ves el desglose completo columna por columna para comprador y vendedor. No incluye el ITI, porque fue derogado por la Ley 27.743 en julio de 2024.
Son cuatro datos y el resultado se actualiza al instante, sin registro ni botón de calcular:
El cálculo es 100% determinístico: aritmética sobre porcentajes documentados, sin IA, sin llamadas externas y sin números ocultos.
Los honorarios y las comisiones se calculan sobre el valor de la propiedad y se les suma el IVA del 21%. Los gastos registrales y el impuesto de sellos van sin IVA.
En las tres jurisdicciones el reparto por defecto entre comprador y vendedor es 50/50, que es la convención argentina. Nada de esto es obligatorio por ley: se puede pactar distinto en el boleto de compraventa.
Este es el punto donde más calculadoras se equivocan, porque cada jurisdicción mide la exención sobre una base distinta. AgonProp la aplica solo cuando puede hacerlo bien, y avisa cuando no.
Por costumbre en Argentina, y así es como la calculadora reparte las columnas:
Nada de esto es obligatorio por ley — se puede pactar distinto en el boleto de compraventa. Es una convención de mercado, no una norma.
Hasta 2024, el vendedor de una propiedad adquirida antes del 1/1/2018 pagaba el Impuesto a la Transferencia de Inmuebles (ITI), del 1,5% del valor de venta. La Ley 27.743 ("Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes", publicada en el Boletín Oficial el 8 de julio de 2024) lo derogó.
Hoy ese impuesto ya no existe, y esta calculadora no lo incluye para no mostrarte un costo que ya no corresponde pagar. Las propiedades adquiridas después del 1/1/2018 siguen alcanzadas por el impuesto cedular a la renta financiera, que tampoco se calcula acá porque depende del costo de adquisición original de cada vendedor, un dato que varía caso por caso.
Los honorarios y las comisiones no tienen un arancel legal fijo y son negociables, así que la calculadora no los impone. Desde "Ajustar honorarios y comisión" podés modificar los cuatro porcentajes (rango de 0% a 20%, en pasos de 0,1%):
Si ya tenés el presupuesto de tu escribano o el porcentaje pactado con la inmobiliaria, cargalos y el desglose se recalcula con tus números reales.
Las alícuotas están relevadas de fuentes públicas y la fecha de relevamiento se muestra siempre en la página y en el PDF. Las fuentes consultadas son:
El cálculo es orientativo y no constituye asesoramiento legal ni contable. La liquidación real depende del escribano interviniente, de la inmobiliaria y —en PBA— de la valuación fiscal del inmueble, no solo de su valor de mercado. Verificá siempre las condiciones finales con tu escribano antes de firmar.
Los principales son el impuesto de sellos (provincial, varía según CABA, PBA u otras jurisdicciones), los honorarios del escribano, la comisión de la inmobiliaria y los gastos registrales (inscripción, informes de dominio e inhibiciones, certificados). Cada uno tiene una convención distinta sobre quién lo paga, aunque siempre se puede pactar diferente en el boleto.
No. El ITI fue derogado por la Ley 27.743 ("Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes"), publicada en el Boletín Oficial el 8 de julio de 2024. Por eso esta calculadora no lo incluye — incluirlo sería mostrar un costo que ya no corresponde pagar.
Según la Ley Tarifaria CABA 2026 (art. 34), la compraventa de una vivienda única, familiar y de ocupación permanente está 100% exenta del impuesto de sellos cuando el valor de la operación no supera los $226.100.000. Para una segunda vivienda o más, la alícuota es del 2,7% (antes 3,5%).
En PBA la alícuota general de sellos es del 2% (1% por cada parte). La exención por vivienda única existe, pero se mide sobre la valuación fiscal del inmueble (la que fija ARBA), no sobre el valor de mercado que se paga en la operación — por eso esta calculadora la informa pero no la aplica automáticamente: confirmá tu valuación fiscal con tu escribano o en tu boleta de ARBA.
Por costumbre en Argentina: el impuesto de sellos se reparte 50/50, los honorarios del escribano los paga el comprador, la comisión inmobiliaria la paga cada parte a su propia inmobiliaria (o toda el comprador, según la operación) y los gastos registrales los paga el comprador. Nada de esto es obligatorio por ley — se puede pactar distinto en el boleto de compraventa.
No: son orientativos, relevados de fuentes públicas (Ley Tarifaria CABA 2026, Ley Impositiva PBA 15.479, y aranceles de referencia del Colegio de Escribanos). Los honorarios de escribano y la comisión inmobiliaria en particular no tienen un arancel legal fijo y son negociables — podés ajustarlos en la calculadora. Confirmá siempre el monto final con tu escribano antes de firmar.
Porque el tope de la exención ($226.100.000) está expresado en pesos. Comparar un valor en dólares contra un tope en pesos daría una exención falsa casi siempre y te subestimaría los sellos. Para que se aplique, cargá el valor de la operación en ARS.
Sí. Desde "Ajustar honorarios y comisión" podés editar los cuatro porcentajes (honorarios de escribano, gastos registrales, comisión del comprador y comisión del vendedor) entre 0% y 20%. Si ya tenés el presupuesto real de tu escribano o el porcentaje pactado con la inmobiliaria, cargalos y el desglose se recalcula.
Sí. Elegís tu rol (comprador, vendedor o ambas partes) y el total destacado y las columnas de la tabla se ajustan a esa perspectiva. Con "ambas partes" ves el costo total de la operación completa.
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